Una sentencia de amparo ordenó a la Comisión Nacional
para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (Conavim) decretar,
en un plazo de 10 días hábiles, la Alerta de Violencia de Género en la Ciudad
de México.
En un juzgado federal se concluyó que para la alerta es
imperativa la coordinación con los tres niveles de gobierno, aunado a que se
deben asignar los recursos presupuestales necesarios para hacer frente a la
situación que se vive en la capital del país.
“La autoridad responsable debe declarar la Alerta de
Violencia de Género contra las Mujeres solicitada, tomando en cuenta que es un
mecanismo de emergencia, por tanto, las acciones que se implementen no deben
confundirse con las políticas públicas u otros instrumentos previstos en la Ley
General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por lo que se
deben implementar acciones en donde los resultados se puedan alcanzar a corto
plazo”, señala la sentencia.
Incluso se expuso que durante los dos años que se tardó
el gobierno capitalino en emitir la resolución, se provocó que las mujeres y
niñas que habitan en la Ciudad de México no contaran con acciones encaminadas a
enfrentar y erradicar la violencia feminicida, prolongando el estado de indefensión
en el que se encuentran.
“El contenido de este amparo es importante no solamente
para el procedimiento de la alerta en la Ciudad de México si no para los
mecanismos que están vigentes en el país y para las futuras solicitudes”,
afirmó Ana Yeli Pérez Garrido, directora de Justicia Pro Persona.
Incluso se criticó que la Conavim considere que las
organizaciones civiles no tienen interés legítimo ni jurídico aun cuando en la
propia Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se les
reconoce como sujetos que pueden solicitar se declare la alerta.