En total, 31 Códigos Civiles locales prohíben de forma
absoluta el matrimonio antes de los 18 años, y sólo el estado de Baja
California conserva en sus leyes estatales excepciones y dispensas, esto según las
reformas hechas al artículo 148 del Código Civil Federal.
El lunes se publicó en el Diario Oficial de la Federación
(DOF), el decreto que reforma y deroga
las dispensas y excepciones al matrimonio antes de los 18 años.
Con esta publicación, se da fin a la versión anterior
donde se permitía el matrimonio a partir de 16 años para los hombres y 14 años
para las mujeres. También se deroga la posibilidad de que autoridades locales y
familiares concedieran dispensas o consentimiento para contraer matrimonio
antes de los 18 años.
Al iniciar 2016, la prohibición del matrimonio entre o de
personas menores de 18 años estaba vigente en 18 entidades del país y varias de
ellas aún contaban con excepciones y dispensas legales que lo permitían.
Desde su creación a finales de 2015, la Secretaría
Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y
Adolescentes (SIPINNA) se unió al impulso, entonces encabezado por organismos
internacionales y diversas organizaciones de la sociedad civil, para articular
un esfuerzo conjunto con el fin de prohibir dicho matrimonio a nivel federal y
local.